Un abogado de familia en Cartagena lo asesora y lo representa en el divorcio, la liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial, la sucesión, la custodia y la cuota alimentaria. En Cartagena, lo que hay que repartir muchas veces no es un salario y una casa, sino un negocio que vive de la temporada o un apartamento en la franja turística, y eso cambia la manera de trabajar cada uno de esos asuntos.
Aquí explicamos cómo se inventaría y se avalúa ese patrimonio, qué pasa con el inmueble en el folio y en la copropiedad, cómo se prueba la capacidad económica de quien gana por temporadas, dónde se abre la sucesión de quien vivía aquí y qué se puede resolver por conciliación en Cartagena, con las normas citadas tal como dice la ley.
Qué entra en la liquidación cuando hay un negocio de temporada
En Cartagena, el patrimonio de una pareja o de una familia muchas veces incluye un hotel pequeño, un restaurante, una agencia de planes de isla o un apartamento destinado al alquiler por días, o una participación en la sociedad que opera ese negocio. Eso cambia la manera de trabajar un divorcio, una liquidación de sociedad conyugal o una sucesión, porque lo que hay que inventariar no se cuenta en un extracto bancario.
Lo primero es distinguir qué es lo que entra. Si el negocio opera a través de una sociedad, lo que está en el patrimonio de la pareja o de quien murió son las cuotas o las acciones, no el hotel ni el restaurante: según el Código de Comercio, la sociedad, «una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados» (artículo 98). Si el negocio es de una persona natural, lo que se inventaría es el establecimiento de comercio, que la ley define como «un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa» (artículo 515) y que, salvo estipulación en contrario, comprende entre otros el nombre comercial y las marcas, el mobiliario y las instalaciones y los contratos de arrendamiento (artículo 516). Confundir una cosa con la otra es el origen de liquidaciones que se firman mal y se vuelven a discutir años después.
Avaluar un negocio estacional tiene su propia dificultad. Un mes de temporada alta no dice lo que vale, y un mes de temporada baja tampoco: lo que se mira es un ciclo completo. Cuando el negocio no lleva contabilidad ordenada, la discusión se vuelve más lenta y termina resolviéndose por acuerdo entre las partes o por un peritaje dentro del proceso. Si el apartamento se arrienda por periodos inferiores a 30 días, la ley de la contribución parafiscal para el turismo considera que quien tiene esa actividad presta servicios de vivienda turística (Ley 1101 de 2006, artículo 3, parágrafo 1, en el texto del artículo 37 de la Ley 2068 de 2020): sus ingresos se documentan con las reservas y los pagos de cada temporada, no con un contrato de arriendo.
Mientras se tramita el divorcio o la liquidación, cualquiera de las partes puede pedir el «embargo y secuestro de los bienes que puedan ser objeto de gananciales y que estuvieran en cabeza de la otra» (Código General del Proceso, artículo 598, numeral 1). Si lo secuestrado es una empresa o un bien productivo de renta, el secuestre no se limita a custodiarlo: tiene «las atribuciones previstas para el mandatario en el Código Civil» (artículo 52), de modo que el negocio queda bajo su administración mientras dura la medida. Y si dentro de los dos meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia que disuelve la sociedad conyugal o patrimonial no se promueve la liquidación, las medidas se levantan aun de oficio (artículo 598, numeral 3).
El apartamento de la franja turística: folio y copropiedad
Cuando en el patrimonio hay un inmueble, el folio de matrícula que lleva la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartagena es donde el proceso deja huella. Están sujetos a registro los actos contenidos en escritura pública y las providencias judiciales que impliquen, entre otras cosas, «adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio» sobre inmuebles (Ley 1579 de 2012, artículo 4): allí se inscribe el embargo que se decrete y allí se inscribe después la adjudicación con la que cada quien queda como titular.
En la franja turística conviene tener claro, además, que lo que suele pertenecer a la familia es una unidad privada de un edificio sometido a propiedad horizontal y no el edificio, y que esa copropiedad se rige por un reglamento, el «Estatuto que regula los derechos y obligaciones específicas de los copropietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal» (Ley 675 de 2001, artículo 3). Quien reciba el apartamento en la adjudicación queda sujeto a ese reglamento, y conviene leerlo antes de decidir a quién se adjudica, porque puede condicionar el uso que se le quiera dar.
Ingresos de temporada y cuota alimentaria
Cuando el ingreso de uno de los padres sube y baja con la temporada, o no está documentado, la capacidad económica no se demuestra con una sola certificación. La ley le da al juez una salida: si no tiene la prueba sobre la solvencia económica del alimentante, «el juez podrá establecerlo tomando en cuenta su patrimonio, posición social, costumbres y en general todos los antecedentes y circunstancias que sirvan para evaluar su capacidad económica», y «En todo caso se presumirá que devenga al menos el salario mínimo legal» (Ley 1098 de 2006, artículo 129).
Por eso en esta plaza la cuota se prepara con lo que sí existe: los movimientos de la temporada alta y de la baja, las reservas, los pagos de las plataformas o de los operadores y lo que muestra el propio negocio. Y como la capacidad de quien paga cambia, la ley permite modificar la cuota de común acuerdo, o pedirle al juez su modificación, cuando varían la capacidad económica del alimentante o las necesidades del alimentario (artículo 129).
Conciliar en Cartagena: defensor de familia, Cámara de Comercio y acuerdos de apoyo
No todo desacuerdo familiar necesita un juez, y en varios asuntos la ley exige intentar el acuerdo antes de demandar: la custodia y el régimen de visitas, las obligaciones alimentarias, la declaración de la unión marital de hecho y la liquidación de la sociedad patrimonial, entre otros (Ley 2220 de 2022, artículo 69). Para la cuota de los hijos, el defensor de familia cita al obligado a audiencia de conciliación siempre que se conozca la dirección donde puede recibir notificaciones (Ley 1098 de 2006, artículo 111).
En Cartagena, el directorio del ICBF reparte la atención del Distrito entre tres centros zonales de su Regional Bolívar, según la Unidad Comunera Urbana de Gobierno del barrio: Histórico y del Caribe Norte, para las unidades 1, 2, 3, 8, 9 y 10; de la Virgen y Turístico, para las unidades 4, 5, 6 y 7, e Industrial de la Bahía, para las unidades 11 a 15. La conciliación ante un servidor público facultado para conciliar es gratuita; los notarios pueden cobrar por sus servicios (Ley 2220 de 2022, artículo 8).
El Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cartagena presta conciliación en derecho y anuncia además los acuerdos de apoyo. Un acuerdo de apoyo es «un mecanismo de apoyo formal por medio del cual una persona, mayor de edad, formaliza la designación de la o las personas, naturales o jurídicas, que le asistirán en la toma de decisiones respecto a uno o más actos jurídicos determinados» (Ley 1996 de 2019, artículo 15). Se firma por escritura pública ante notario o ante un conciliador extrajudicial en derecho inscrito en un centro de conciliación, y en los dos casos el notario o el conciliador debe entrevistarse por separado con la persona titular del acto (artículos 16 y 17). Cuando el padre o la madre que maneja el negocio de la familia quiere contar con apoyo para decidir sobre él, es la forma de dejarlo por escrito sin acudir al juez.
Preguntas frecuentes
El patrimonio incluye un negocio que vive de la temporada. ¿Cómo se establece cuánto vale para la liquidación?
No con un mes, ni el mejor ni el peor: con un ciclo completo. Se revisan los ingresos y los egresos del año, los contratos vigentes, el inventario y, si el negocio opera a través de una sociedad, el valor de las cuotas o acciones y no el del establecimiento. Cuando no hay contabilidad ordenada, la salida suele ser un acuerdo entre las partes o un peritaje dentro del proceso. Por eso conviene definir el método antes de discutir la cifra.
El causante vivía en Cartagena y los herederos viven en otra ciudad o en el exterior. ¿Dónde se abre la sucesión?
En Cartagena, si fue su último domicilio: la sucesión «se abre al momento de su muerte en su último domicilio, salvo los casos expresamente exceptuados» (Código Civil, artículo 1012), y si se tramita ante juez, es competente el del último domicilio del causante en el territorio nacional o, si tenía varios, el del asiento principal de sus negocios (Código General del Proceso, artículo 28, numeral 12). Que los herederos vivan lejos no cambia dónde se tramita: actúan por medio de apoderado, y los documentos públicos otorgados en el exterior se aportan apostillados o, si el país no es parte de ese tratado, autenticados por el cónsul o agente diplomático de Colombia o, en su defecto, por el de una nación amiga, con su traducción si están en otro idioma (artículo 251).
Si el apartamento se alquila por días, ¿esos ingresos cuentan para fijar la cuota alimentaria?
Pueden contar. Cuando no hay prueba directa de la solvencia de quien debe pagar, el juez puede establecerla tomando en cuenta su patrimonio, su posición social, sus costumbres y todos los antecedentes y circunstancias que sirvan para evaluar su capacidad económica (Ley 1098 de 2006, artículo 129). Un apartamento que se arrienda por periodos inferiores a 30 días produce ingresos de una actividad que la ley de la contribución parafiscal para el turismo trata como servicio de vivienda turística, y esos ingresos hacen parte del cuadro económico que se lleva a la conciliación o al proceso.
¿Se puede embargar el negocio mientras se tramita el divorcio?
Sí. En el divorcio y en la liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial, cualquiera de las partes puede pedir el embargo y secuestro de los bienes que puedan ser objeto de gananciales y que estén en cabeza de la otra (Código General del Proceso, artículo 598). Si se secuestra una empresa o un bien productivo de renta, el secuestre tiene las atribuciones de un mandatario (artículo 52), de modo que el negocio queda bajo su administración mientras dura la medida.
¿Qué es un acuerdo de apoyo y dónde se firma en Cartagena?
Es el mecanismo con el que una persona mayor de edad designa, de manera formal, a quien la asistirá en la toma de decisiones sobre uno o más actos jurídicos determinados (Ley 1996 de 2019, artículo 15). Se firma por escritura pública ante notario o ante un conciliador extrajudicial en derecho inscrito en un centro de conciliación (artículos 16 y 17). En Cartagena, el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio anuncia ese servicio.
Cuéntenos qué hay que repartir
Díganos si hay un negocio, una sociedad o un inmueble de por medio, quién lo administra hoy y si ya hay un proceso o una conciliación. Revisamos los documentos y le decimos qué vía procede, qué riesgos vemos y cuánto costaría nuestro trabajo, por escrito. Escríbanos por WhatsApp al +57 315 069 3933.
En ADALET LEGAL trabaja en derecho de familia Andrés Guillermo Rodríguez, abogado con más de 10 años de ejercicio en derecho laboral y derecho de familia.
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Esta página hace parte de nuestra práctica nacional de derecho de familia. En Cartagena también atendemos derecho laboral en Cartagena y derecho inmobiliario en Cartagena. Cuando el patrimonio de la pareja incluye un negocio (un restaurante, una posada, un taller), la marca con la que ese negocio se conoce es un activo más que se inventaría y se adjudica en la liquidación, y olvidarla suele costar caro después. Vea abogados de marcas en Cartagena. Y cuando antes de repartir hay que resolver la titularidad misma del bien (un inmueble que nunca se escrituró, un lindero discutido o una posesión de años que aún no se ha declarado), ese paso previo no es de familia sino de derecho civil.
