Cuando el padre o la madre trabaja por turnos en campo, sea en un campo petrolero o en la agroindustria de la región, la cuota alimentaria y las visitas no se pueden fijar como si tuviera un horario fijo. El ingreso cambia con las horas extra, los recargos y las bonificaciones, y los días disponibles cambian con el turno.
ADALET LEGAL, con más de 20 años de ejercicio, tramita la fijación, el cobro y la revisión de cuotas y la regulación de visitas en esas condiciones, primero por conciliación y, cuando no hay acuerdo, ante los juzgados de familia de Villavicencio.
Sobre qué ingresos se calcula la cuota
La ley no fija un porcentaje único para la cuota: se tiene en cuenta la capacidad económica de quien la debe y las necesidades del hijo. Si no hay prueba de sus ingresos, el juez puede establecerlos por su patrimonio, su posición social y sus costumbres, y en todo caso se presume que devenga al menos el salario mínimo, presunción que admite prueba en contrario.
Cuando el ingreso es variable, hay que distinguir dos cosas. Para medir la capacidad económica, el juez mira los ingresos, el patrimonio y los demás antecedentes de quien debe la cuota, y no hay una regla general que enumere qué pagos se cuentan. El descuento por nómina, en cambio, se calcula sobre lo que legalmente compone el salario: constituyen salario, entre otros, las primas y sobresueldos, las bonificaciones habituales, las horas extra y el trabajo en días de descanso obligatorio; no lo son las bonificaciones ocasionales por mera liberalidad, las prestaciones sociales ni los beneficios pactados expresamente como no salariales. Por eso, cuando el ingreso cambia mes a mes, fijar la cuota como porcentaje de lo que legalmente compone el salario y de las prestaciones sigue mejor la realidad que una suma fija calculada solo sobre el básico.
Descuento por nómina y embargo: la cuota que no depende de la voluntad
Si quien debe la cuota es asalariado, el juez puede ordenar al empleador o pagador que descuente y consigne hasta el 50 % de lo que legalmente compone el salario mensual y hasta el mismo porcentaje de las prestaciones sociales, después de las deducciones de ley. Es una excepción: por regla general el salario mínimo no es embargable, el excedente solo lo es en una quinta parte y las prestaciones son inembargables, pero a favor de cooperativas o por pensiones alimenticias el salario y las prestaciones pueden embargarse hasta en un 50 %.
El empleador que no cumple la orden responde solidariamente por lo que dejó de descontar, lo que se declara en un incidente dentro del mismo proceso. Y si no hay salario que embargar, el juez puede decretar medidas cautelares sobre los bienes del obligado y sobre hasta el 50 % de los frutos que produzcan.
Si el obligado cambia de empleador, conviene informarlo pronto al juzgado y pedir que el descuento se comunique a quien ahora le paga. Y si no es asalariado, el camino son las medidas cautelares sobre sus bienes y sus frutos.
Visitas que siguen el turno y cuotas que se revisan
Antes de demandar la fijación de la cuota o de las visitas hay que intentar la conciliación, salvo que se pidan medidas cautelares. Puede hacerse ante un defensor de familia, en un centro de conciliación, ante notario o, donde el ICBF no ha designado defensor, ante el comisario de familia; en Villavicencio el ICBF tiene su Dirección Regional Meta y los centros zonales Villavicencio Uno y Villavicencio Dos. Si no hay acuerdo, decide el juez de familia.
Cuando quien tiene las visitas trabaja por turnos, un régimen de fines de semana fijos puede no encajar. Lo que se pacta es un calendario ligado al ciclo: qué días del descanso corresponden al hijo, cómo se reparten vacaciones y fechas especiales y qué pasa cuando el turno cambia. Mientras más concreta quede el acta, menos margen habrá para discutir lo que se pactó.
La cuota tampoco queda congelada. Si ni el juez ni las partes fijaron otra fórmula, se reajusta cada 1 de enero con el IPC. Si cambia la capacidad económica de quien paga o las necesidades del hijo, las partes pueden modificarla de común acuerdo; y si la cuota la fijó un juez y el hijo conserva el mismo domicilio, el aumento, la disminución o la exoneración se piden ante ese juez y en el mismo expediente, trámite que según un fallo de tutela de la Corte Suprema de 2022 no requiere conciliación.
Cómo preparamos una cuota o unas visitas en Villavicencio
Pedimos el registro civil del hijo, los soportes de sus gastos, los últimos desprendibles de nómina o certificados de ingresos del obligado y, si existe, el acta o la sentencia anterior. Con eso se calcula una cuota que se pueda sostener y se decide si basta una conciliación, si hay que pedir el descuento por nómina o si corresponde revisar una cuota antigua.
Si la cuota vigente está bien fijada y se paga, abrir un proceso solo para ajustarla puede no compensar; en cambio, cuando hay mora o el ingreso real es muy distinto del que se declaró, actuar pronto evita que la deuda crezca.
Preguntas frecuentes
El padre o la madre de mi hijo trabaja por turnos en campo y recibe recargos y bonificaciones, ¿la cuota se calcula solo sobre el básico?
No necesariamente. Para fijar la cuota el juez mira la capacidad económica completa de quien la debe, no solo el básico. Para el descuento por nómina cuenta lo que legalmente compone el salario, que incluye, entre otros, las horas extra, el trabajo en días de descanso obligatorio y las bonificaciones habituales, pero no las bonificaciones ocasionales ni los pagos pactados expresamente como no salariales. Si la cuota se fija como porcentaje, el descuento sigue los ingresos de cada mes. El 50 % es lo máximo que el juez puede ordenar descontar, no el valor de la cuota.
¿Se puede descontar la cuota directamente de la nómina aunque el obligado no quiera?
Sí, por orden del juez dentro del proceso. El juez puede ordenar al empleador o pagador que descuente y consigne hasta el 50 % de lo que legalmente compone el salario y de las prestaciones sociales, y el empleador que no cumple responde solidariamente por lo que no descontó. Si el obligado cambia de empleador, conviene informarlo pronto al juzgado y pedir que el descuento se comunique a quien ahora le paga.
Con turnos largos en campo y varios días seguidos de descanso, ¿cómo se fijan las visitas?
Con un calendario ligado al turno y no a fines de semana fijos: qué días del descanso corresponden al hijo, cómo se reparten vacaciones y fechas especiales y qué pasa si el turno cambia. Se acuerda por conciliación, que es requisito antes de demandar, y si no hay acuerdo lo decide el juez de familia. Mientras más detallada quede el acta, menos margen habrá para discutir lo que se pactó.
Para calcular la cuota con cifras reales
Envíenos los desprendibles de nómina o el certificado de ingresos que tenga, el acta o la sentencia vigente si existe y un resumen de los gastos del hijo, y le decimos qué información falta y cómo plantear la cuota. Escríbanos por WhatsApp o desde la página de contacto.
Esta página hace parte de nuestra práctica nacional de derecho de familia. En Villavicencio también atendemos derecho civil, cobro de cartera, derecho comercial, derecho inmobiliario y derecho laboral.