Las marcas no se registran en la cámara de comercio. En Colombia el registro de marca se tramita ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que es la única entidad facultada para concederlo. Lo que se hace en la cámara de comercio es la matrícula mercantil del comerciante, de la sociedad y del establecimiento de comercio: un trámite obligatorio, distinto, que no otorga exclusividad sobre el nombre y que no impide que otra persona registre ese mismo nombre como marca.
Esta página es para quien fue a la cámara creyendo que allí registraba su marca, y también para quien lleva años matriculado y acaba de descubrir que eso no lo protegía. Las dos situaciones tienen salida. La salida empieza por entender con precisión qué fue lo que la cámara revisó cuando le aceptó el nombre, porque es mucho menos de lo que casi todo el mundo supone.
Entonces, ¿qué fue lo que registré en la cámara de comercio?
Según el caso, una o varias de estas tres cosas: la matrícula del comerciante persona natural; la inscripción de la sociedad con su razón social o su denominación social, según el tipo societario; y la matrícula del establecimiento de comercio con el nombre con el que abre al público. Todo eso queda en un registro público y consultable, que sirve para identificarlo y para dar publicidad a los actos que la ley obliga a inscribir.
Nada de eso es un signo distintivo protegido. La inscripción acredita que usted existe como comerciante y que declaró ese nombre. No acredita que ese nombre sea suyo frente al mercado, ni le entrega herramienta alguna para impedir que otro lo use.
El control de homonimia: lo que la cámara sí revisa y lo que no
Antes de inscribir un nombre, las cámaras de comercio hacen un control de homonimia. Vale la pena entender exactamente en qué consiste, porque es la razón por la que tanta gente cree que su nombre quedó protegido.
Solo compara nombres idénticos
El control verifica que no exista ya inscrito un nombre idéntico al que usted pide. Idéntico, literalmente. Las propias cámaras lo advierten en sus portales: no hay homonimia cuando dos o más nombres son solamente similares a otro ya registrado, y los nombres que fonéticamente suenan igual no presentan homonimia por ese solo hecho. Dicho de otro modo, dos denominaciones que cualquier cliente confundiría pueden convivir sin obstáculo en el registro mercantil.
Es nacional, pero eso no lo hace más profundo
El control se realiza de manera integrada entre las cámaras del país, así que la verificación no se limita a la ciudad donde usted se matricula. Es una mejora frente a lo que existía antes, pero no cambia la naturaleza del filtro: sigue siendo un cotejo de identidad, no un juicio sobre confundibilidad.
La consulta no reserva el nombre ni le da prioridad
Ninguna cámara de comercio del país está autorizada para reservarle un nombre. La consulta de homonimia es informativa: no crea derechos, no otorga prioridad y no garantiza que el nombre siga disponible mañana. Quien se matricule primero queda inscrito primero, y eso es todo lo que hay.
Por qué la consulta del registro mercantil no reemplaza la búsqueda de antecedentes marcarios
- Son bases distintas. El registro mercantil contiene comerciantes, sociedades y establecimientos. La base de la Superintendencia contiene solicitudes y registros de signos distintivos. Un nombre puede estar libre en una y ocupado en la otra, y eso pasa todos los días.
- Son filtros distintos. El registro mercantil coteja identidad. El examen de la Superintendencia compara identidad y semejanza en lo gráfico, lo fonético y lo conceptual, y además pregunta si los productos o servicios están relacionados entre sí.
- Son propósitos distintos. Uno existe para dar publicidad a quién ejerce el comercio. El otro existe para atribuir un derecho exclusivo sobre un signo.
La búsqueda que de verdad corresponde antes de comprometerse con un nombre se hace en el sistema de información de propiedad industrial de la Superintendencia. Explicamos cómo hacerla usted mismo, con comodines y operadores, y qué es lo que esa herramienta tampoco alcanza a ver, en consulta de marcas registradas en Colombia.
Las tres seguridades falsas que deja la matrícula
- La cámara me aceptó el nombre, luego está libre. Lo que le dijeron es que no había uno idéntico inscrito en ese registro. No le dijeron nada sobre marcas registradas, ni sobre marcas en trámite, ni sobre nombres parecidos.
- Llevo diez años matriculado, tengo prioridad. La antigüedad de la matrícula no es antigüedad marcaria. Lo que sí puede pesar es el uso efectivo del signo en el mercado durante esos diez años, pero eso es un derecho de nombre comercial que hay que probar, no un derecho que se acredite con el certificado de existencia y representación.
- Mi nombre está en el registro mercantil, nadie puede registrarlo como marca. La Superintendencia no rastrea el registro mercantil para negar marcas. Si un nombre comercial anterior es un obstáculo, alguien tiene que alegarlo y probarlo dentro del trámite. Si nadie lo hace, la marca se concede.
Dónde se registra realmente una marca en Colombia
Ante la Superintendencia de Industria y Comercio, a través de su sistema de propiedad industrial, con solicitud propia y pago de la tasa oficial por cada clase que se pida. No hay registro de marcas por ciudad ni por departamento: el trámite es uno solo y la protección que otorga cubre todo el territorio nacional, delimitada por las clases de la Clasificación Internacional de Niza que se hayan solicitado.
Antes de radicar hay tres decisiones que valen más que el formulario: qué signo se pide, en qué modalidad y para qué productos o servicios. Están explicadas en requisitos para registrar una marca en Colombia, y el recorrido del expediente, etapa por etapa, en cuánto demora registrar una marca en Colombia. La comparación completa entre los dos registros, con tabla, está en diferencia entre registro de marca y registro mercantil.
Ya estoy matriculado y alguien tiene registrada mi razón social como marca
Es la consulta que más nos llega por esta vía, y no todas las versiones del problema son igual de graves.
- Si la marca ajena ampara productos o servicios que nada tienen que ver con los suyos, puede que no haya conflicto en absoluto. La protección marcaria no es sobre la palabra en abstracto, sino sobre la palabra para determinados productos o servicios.
- Si ampara lo mismo que usted vende, el titular puede exigirle que deje de usar el signo en el mercado. Formalmente no le cancela la matrícula; en la práctica, dejar de usar el nombre con el que vende equivale a cambiarlo, con todo lo que eso arrastra en papelería, señalización, dominio y reputación, y con una reforma estatutaria de por medio si además decide cambiar la denominación.
- Si su uso es anterior al registro ajeno y puede demostrarlo con facturas, publicidad, contratos y presencia continua en el mercado, tiene defensa por nombre comercial y, según el caso, acciones frente a ese registro. Es terreno técnico y probatorio, y se define con documentos, no con antigüedad declarada.
Lo que no conviene es ignorar la primera comunicación ni contestarla de afán. Si el conflicto se dio dentro de un trámite propio, porque le presentaron oposición o porque le negaron la marca, el camino está en marca negada por la SIC y en oposición y apelación de marcas ante la SIC.
Alguien se matriculó con un nombre igual al de mi marca registrada
El camino no es pedirle a la cámara de comercio que cancele la inscripción: la cámara administra un registro y no resuelve conflictos entre signos distintivos. El camino es actuar contra el uso del signo en el mercado, con la acción por infracción de derechos de propiedad industrial y, cuando el caso lo amerita, con la de competencia desleal, que en Colombia pueden llevarse ante el juez o ante la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
En la práctica, el primer paso suele ser un requerimiento formal bien construido, con el certificado de la marca y la prueba del uso ajeno. Buena parte de estos casos se cierra ahí, porque quien se matriculó rara vez lo hizo para pelear: lo hizo porque en la cámara nadie le dijo que ese nombre ya tenía dueño.
Lo que sí ganó mientras usaba el nombre
Hay una cosa que su matrícula no le dio pero que su actividad sí pudo darle. En Colombia el derecho sobre el nombre comercial nace del uso en el mercado y no de una inscripción, de modo que si el público lo identifica a usted con ese nombre desde hace años, es probable que tenga derechos, aunque nunca haya hecho nada ante la Superintendencia.
Son derechos que existen y que sirven, pero que se prueban caso por caso y con documentos, y que por eso son más frágiles que un certificado. Cómo se acreditan y qué se puede hacer con ellos está en registro de nombre comercial en Colombia.
Preguntas frecuentes sobre el registro de marca y la cámara de comercio
¿La cámara de comercio registra marcas?
No. Las cámaras de comercio administran el registro mercantil y otros registros públicos que les delega el Estado, pero no conceden marcas. En Colombia el registro de marca lo otorga la Superintendencia de Industria y Comercio.
¿La consulta de homonimia sirve para saber si mi marca está libre?
No. La consulta de homonimia compara únicamente nombres idénticos dentro del registro mercantil y no revisa la base de signos distintivos. Un nombre puede pasar el control de homonimia y estar bloqueado por una marca registrada.
¿Tengo que estar matriculado en cámara de comercio para registrar una marca?
No. Cualquier persona natural o jurídica puede solicitar y ser titular de una marca, sin registro mercantil y sin sociedad constituida.
Mi empresa está matriculada en Bucaramanga, ¿debo registrar la marca allí?
No existe registro de marcas por ciudad. El trámite es nacional, se radica ante la Superintendencia de Industria y Comercio y la protección cubre todo el país, cualquiera sea la cámara donde esté su matrícula.
Me llegó una carta diciendo que mi razón social infringe una marca, ¿qué hago?
Primero, verificar de qué marca se trata, para qué productos o servicios está registrada y desde cuándo. Segundo, reunir la prueba de su propio uso, con fechas. Con esos dos elementos se sabe si hay conflicto real y si usted tiene defensa, y se decide si conviene responder, negociar una coexistencia o ajustar el signo. Lo que no conviene es dejar la comunicación sin respuesta.
Registre la marca donde sí se registra
En ADALET Legal llevamos más de veinte años de ejercicio y más de tres mil marcas tramitadas ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Revisamos qué tiene inscrito hoy en la cámara, qué está usando realmente en el mercado y qué hay registrado por terceros, y de ahí sale la decisión de qué solicitar y en qué clases. Conozca nuestro servicio de registro de marcas en Colombia.
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