¿Su empresa tiene facturas sin pagar en Bogotá? ADALET LEGAL es una firma con más de 20 años de experiencia. Recuperamos cartera para empresas y personas en Bogotá y la sabana: gestión prejurídica y proceso ejecutivo ante los juzgados civiles de la capital.
Cada caso lo lleva directamente el socio. No hay call center ni intermediarios entre usted y quien firma su asunto.
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Por qué cobrar en Bogotá tiene reglas propias
Bogotá concentra la mayor densidad empresarial del país, y eso cambia la estrategia de recuperación en tres puntos concretos. Primero, casi todos los deudores son sociedades inscritas en la Cámara de Comercio de Bogotá, de modo que el certificado de existencia y representación legal permite identificar con precisión a quién se demanda, quién tiene facultad para obligar a la sociedad y si la empresa está en reorganización o liquidación, información que decide si vale la pena demandar o si hay que acudir al proceso concursal.
Segundo, buena parte de los contratos comerciales que se firman en Bogotá incluyen cláusula compromisoria o de conciliación previa ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Si su contrato la tiene y usted demanda directamente ante el juez, el proceso se cae. Revisar esa cláusula antes de radicar es parte del trabajo.
Tercero, los juzgados civiles de Bogotá son los más congestionados del país. Un ejecutivo bien preparado, con el título completo y las medidas cautelares pedidas desde la demanda, avanza; uno mal armado se queda años en inadmisiones. Por eso invertimos la etapa prejurídica en dejar el título impecable antes de radicar.
Qué documentos sirven para cobrar
Para iniciar un proceso ejecutivo se necesita un título ejecutivo: un documento que provenga del deudor y contenga una obligación clara, expresa y exigible, en los términos del artículo 422 del Código General del Proceso. En la práctica bogotana los más frecuentes son estos.
La factura electrónica de venta, que es título valor cuando cumple los requisitos de la Ley 1231 de 2008 y ha sido registrada en el RADIAN con la aceptación, expresa o tácita, del comprador. Es hoy el título más común en el cobro entre empresas y también el que más se cae por no haberse registrado bien en su momento.
El pagaré y la letra de cambio, que siguen siendo el instrumento más sólido cuando se firmaron correctamente, con o sin carta de instrucciones. El cheque impagado. El contrato con obligaciones dinerarias determinadas. El acta de conciliación incumplida, que presta mérito ejecutivo por sí sola. Y las actas de asamblea de copropiedad con las cuotas de administración causadas, en el caso de propiedad horizontal.
El plazo que casi nadie mira: la prescripción
La acción cambiaria directa prescribe en tres años contados desde el vencimiento del título, según el artículo 789 del Código de Comercio. Es el error más caro que vemos: empresas que dejan envejecer facturas de 2022 y 2023 esperando que el cliente pague por voluntad propia, y cuando deciden demandar ya no tienen acción cambiaria. Si usted tiene cartera de más de dos años, esa es la primera que hay que revisar, no la más reciente.
Las dos etapas del cobro
La etapa prejurídica busca el pago sin pleito. Se estudia el título, se verifica la situación del deudor en la Cámara de Comercio, se remite requerimiento formal con liquidación de intereses moratorios a la tasa que certifica la Superintendencia Financiera, y se negocia un acuerdo de pago con respaldo documental. En cartera reciente y deudores solventes, buena parte se recupera aquí, en semanas y no en años.
La etapa jurídica es el proceso ejecutivo. Se radica la demanda, el juez libra mandamiento de pago y, si se pidieron desde el inicio, decreta las medidas cautelares. El deudor puede proponer excepciones; si no lo hace o no prosperan, se sigue con el avalúo y el remate de los bienes embargados.
Medidas cautelares: donde se gana el cobro
Un mandamiento de pago sin bienes que perseguir es papel. Por eso el trabajo real empieza antes de demandar, rastreando qué tiene el deudor: cuentas bancarias, establecimientos de comercio inscritos en la Cámara de Comercio de Bogotá, inmuebles en el registro de instrumentos públicos, vehículos, cuotas o acciones en sociedades. Con eso se piden embargos concretos desde la demanda y no de forma genérica. En Bogotá, donde el deudor suele tener operación en varias localidades y a veces en otros municipios, ese rastreo es lo que separa un cobro efectivo de una sentencia que nadie paga.
Ante qué juez se demanda
La competencia depende de la cuantía, conforme al artículo 25 del Código General del Proceso. Es mínima cuantía hasta 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes, menor cuantía entre 40 y 150, y mayor cuantía por encima de 150. Los jueces civiles municipales de Bogotá conocen la mínima y la menor; los jueces civiles del circuito, la mayor. Expresarlo en salarios mínimos y no en pesos no es un tecnicismo: el umbral se mueve cada año con el salario mínimo, de modo que una misma deuda puede cambiar de juez según el año en que se radique.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa cobro de cartera?
Es el conjunto de gestiones para recuperar una deuda ya vencida. Empieza fuera del juzgado, con requerimientos y acuerdos de pago, y termina ante un juez cuando el deudor no responde. No es una simple llamada de recordación: cobrar cartera supone tener con qué probar la deuda.
¿Cuáles son los procesos para el cobro de cartera?
Son dos y van en orden. El prejurídico busca el pago sin demandar, con requerimiento formal, negociación y acuerdo de pago documentado. El jurídico es el proceso ejecutivo: se demanda con el título valor o el documento que preste mérito ejecutivo, el juez libra mandamiento de pago y se solicitan medidas cautelares.
¿Cómo enviar un mensaje de cobro de cartera?
El mensaje después sirve como prueba, así que conviene escribirlo bien. Debe identificar al deudor y la obligación, decir cuánto debe y desde cuándo, remitir al soporte (factura, contrato o pagaré), fijar un plazo concreto para pagar y anunciar qué ocurre si no lo hace. Se envía por un canal que deje constancia. Y hay un límite que conviene respetar: cobrar no autoriza a hostigar al deudor ni a divulgar su deuda a terceros.
¿Qué pasa si me pasan a cobro jurídico?
Que la discusión se traslada al juzgado. Se presenta demanda ejecutiva, el juez libra mandamiento de pago y el deudor queda notificado con un término para pagar o proponer excepciones. Desde ahí pueden decretarse embargos sobre cuentas, salarios o bienes, y a la deuda se le suman intereses de mora y las costas del proceso.
¿Puedo cobrar si el deudor está en otra ciudad?
Sí. En obligaciones dinerarias suele poder demandarse en el domicilio del deudor o en el lugar de cumplimiento de la obligación, y muchos contratos fijan expresamente a Bogotá como lugar de pago. Revisamos el contrato y la factura antes de decidir dónde radicar, porque escoger mal el juez cuesta meses.
¿Cuánto se demora un proceso ejecutivo en Bogotá?
Depende de la cuantía, del juzgado que le corresponda por reparto y, sobre todo, de si el deudor se opone. No damos plazos fijos porque sería deshonesto: en Bogotá la congestión judicial es real. Lo que sí controlamos es que la demanda entre bien la primera vez y que las cautelares estén pedidas desde el día uno.
¿Cobran un porcentaje de lo recuperado?
El esquema se acuerda por escrito antes de empezar y depende del volumen de la cartera, de su antigüedad y de la calidad de los títulos. Cotizamos después de revisar los documentos, no antes.
¿Atienden carteras de muchas facturas pequeñas?
Sí. En carteras masivas de bajo monto la estrategia cambia: pesa más la gestión prejurídica ordenada y la acumulación de títulos contra un mismo deudor que demandar factura por factura.
Hablemos de su cartera
Envíenos las facturas o el título y le decimos, sin costo, si hay mérito ejecutivo, si la obligación sigue viva y qué camino conviene. Atendemos de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 6:00 p. m.
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Cobro de cartera en otras ciudades
Atendemos cartera en todo el país. Si su deudor o su operación están fuera de Bogotá, estas son nuestras páginas por ciudad: cobro de cartera en Bucaramanga, y cobro de cartera en Medellín. También atendemos cobro de cartera en Villavicencio y cobro de cartera en Cúcuta. Para el servicio nacional, vea recuperación de cartera para empresas.
Esta página hace parte de nuestra práctica nacional de recuperación de cartera. En Bogotá también atendemos derecho de familia en Bogotá, derecho laboral en Bogotá y derecho inmobiliario en Bogotá.
Si lo que quiere saber es cómo se cobra un servicio jurídico y qué hace variar el valor, lo explicamos en cuánto cobra un abogado en Colombia.